El Comando de Reclutamiento y Control Reservas se permite informar el proceso que se debe realizar para definir la situación militar, de conformidad con lo señalado en la Ley 1861 de 2017, Artículos 4 y 11, donde se establece que todo ciudadano hombre se encuentra en la obligación de definir su situación militar:
1. Los jóvenes a partir de la fecha en la que cumplan la mayoría de edad deben iniciar su proceso de inscripción ante las autoridades de Reclutamiento, a través de la página www.libretamilitar.mil.co.
2. Aquellos jóvenes que se encuentren dentro de alguna de las 16 causales de exoneración o aplazamiento para la prestación de servicio militar (Artículo 12 y 34) deben presentarse en los diferentes Distritos Militares con los soportes documentales que acrediten alguna de estas causales para así definir situación militar.
3. De no hallarse incurso en ninguno de los exonerantes de los citados artículos, el ciudadano será citado a primera evaluación de aptitud psicofísica, con el fin de determinar si es apto o no para la prestación del servicio militar. A este efecto, deberá presentarse en la fecha y lugar que le sea indicado por el Distrito Militar.
4. Es importante señalar que durante el año se fijan cuatro jornadas de incorporación y concentración, a las cuales se invita públicamente a los ciudadanos para que puedan formar parte de la institución a través de la prestación del servicio militar.
5. En desarrollo de estas jornadas, comités de incorporación en todo el país realizan acercamiento con los ciudadanos a través de estands informativos, voz a voz, redes sociales y difusión radial, entre otros, como resultado de ello se hace entrega de una invitación para que concurran en los diferentes Distritos Militares.
6. Una vez surtida esta invitación, el ciudadano de manera voluntaria se presenta al Distrito Militar, con el fin de ser verificado en la plataforma de Reclutamiento, y así ser asesorado sobre el proceso para definir su situación militar. De esta manera, recibirá información de la naturaleza constitucional y legal tanto de la definición de situación militar como del servicio militar obligatorio para hombres y voluntario para mujeres.
El Ejército Nacional, garante de la transparencia y su lucha permanente contra la corrupción, invita a denunciar cualquier acción u omisión que no corresponda con lo establecido en las normas, acudiendo a los canales válidos de las autoridades disciplinarias y penales competentes, o los establecidos por la institución a través de la página web www.pqr.mil.co y las líneas de atención al ciudadano 6012220950- 6014261499 - 6012216336 o el correo electrónico [email protected].