Actualizado: 21 de agosto de 2021 a las 7:35 p. m.
Los ciudadanos que podrán beneficiarse del Régimen de Transición deben cumplir con dos requisitos: 1. Quienes tengan la calidad de infractor, estos son: ? Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción extemporáneamente en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta antes del 3 de agosto de 2017. ? Ciudadanos citados y que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta el 3 de agosto de 2017. ? Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron a la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de Reclutamiento y Movilización (Remisos). ? Ciudadanos mayores de edad, que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar, una vez obtuvieron su título de bachiller a partir de la vigencia de la Ley 1861 de 2017. 2. Además de la calidad de infractor con o sin multa, el ciudadano debe demostrar que se encuentra en una o más de las causales de exoneración dispuestas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 o ser ciudadano infractor mayor de 24 a?os de edad. La calidad de infractor debe estar reflejada en el sistema misional de Reclutamiento, la cual el ciudadano podrá consultar a través de www.libretamilitar.mil.co o en el los distritos militares. El Régimen de transición que dispone la Ley 1961 de 2019, aplica también a los ciudadanos residentes en el exterior. Los beneficios que establece esta Ley de amnistía son: 1. La condonación total en el pago de las multas. 2. La condonación total en el pago de la Cuota de Compensación Militar. 3. El ciudadano solo deberá cancelar los costos de la elaboración de la tarjeta militar correspondiente al 15% del SMLMV, es decir 132. Pesos, para este a?o. El ciudadano se debe presentar ante la autoridad de Reclutamiento con dos fotocopias de la cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento, acta y diploma de grado de bachiller, si aplica, una fotografía de 3X4 fondo azul (en corbata, grabada en un CD, en formato JPG y que no exceda 1MB), soporte de exoneración de ley, si aplica, una carpeta cuatro aletas blanca esmaltada y 132.000 pesos costo equivalente 15% SMLMV, por concepto de elaboración de la Tarjeta Militar. La aplicación de los beneficios contenidos en esta Ley, ira hasta el próximo 27 de diciembre de 2020, pasado este tiempo, la condición de infractor seguirá vigente. Los ciudadanos podrán presentarse para la aplicación de la amnistía en el distrito militar más cercano a su domicilio o a las convocatorias masivas, que realizará la Organización de Reclutamiento, estas últimas serán publicadas oportunamente a través de Medios de Comunicación y Redes Sociales oficiales. A las presentes convocatorias programadas por la Organización de Reclutamiento, también podrán asistir los ciudadanos que no sean beneficiarios del Régimen de Transición o Amnistía, pero que se encuentren interesados en recibir orientación frente a la definición de su situación militar, conforme al procedimiento previsto en la Ley 1861 de 2017, ?Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento, Control de Reservas y la Movilización?.
Ésta es la primera celebración que se realiza en el marco de la Ley 1861 de 2017, la cual integra un componente social, que genera nuevas garantías, para el joven que preste su servicio militar a la Patria, impulsándolo a mejorar su calidad de vida, potenciando en él, su desarrollo profesional, social y económico.
Es de resaltar que el Comando de Reclutamiento y Control Reservas, con el objetivo de brindar espacios que permitan tener un acercamiento más dinámico, ágil y fácil con el ciudadano, hizo el lanzamiento de la Aplicación Móvil Mi Tarjeta Militar, la cual se puede descargar en teléfonos móviles con sistema Android y IOS.
Otro proyecto con base en el desarrollo tecnológico, es la desmaterialización de la Tarjeta Militar para los colombianos que no ingresen a filas. Así mismo, se logró concretar la interoperabilidad con más de 20 entidades del Estado, con el propósito de hacer un cruce de información, para la liquidación de la Cuota de Compensación Militar, de este modo evitarle al ciudadano la realización de trámites y reducción de costos.
De otra parte, gracias a la sanción de la Ley 1861 de 2017, los jóvenes en condición de remiso han podido resolver su situación militar, acercándose a los Distritos Militares y en convocatorias, con 117.000 (costo elaboración del documento) y los soportes requeridos, para beneficiarse de la amnistía contemplada en el artículo 76 y la cual vence el próximo 4 de agosto de 2018.
Los actos conmemorativos al aniversario 108, iniciaron con una solemne eucaristía en la Catedral Castrense Jesucristo Redentor, en acción de gracias, por el trabajo que adelantan los funcionarios militares y civiles del Comando de Comando del Reclutamiento y Control Reservas.
Posteriormente en el Campo de Paradas de la Escuela de Infantería, se llevó a cabo la ceremonia militar e imposición de la Medalla Centenario Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate, al personal de oficiales, suboficiales, activos y en uso de buen retiro, como a servidores públicos.
El acto contó con la presencia del Comandante del Comando de Reclutamiento y Control Reservas, Brigadier General Wilson Neyhid Cháwez Mahecha, autoridades civiles, de policía y eclesiásticos, veteranos de Corea, personal de la reserva activa y familiares de los condecorados.